El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en su resolución de 19 de julio de 2024 ha fijado un nuevo criterio sobre la exención fiscal del artículo 7.p) de la Ley del IRPF, que afecta directamente a militares y empleados públicos destinados en el extranjero, especialmente en organismos internacionales como la OTAN o la ONU.
La resolución aclara que no basta con estar destinado fuera de España para aplicar esta exención. Según el TEAC, solo podrán beneficiarse de ella quienes puedan demostrar que los trabajos realizados en el extranjero van más allá de las funciones habituales del cargo y suponen una ventaja clara para el país o entidad internacional donde se prestan los servicios.
¿Cuáles son las principales novedades?
Si estás destinado en el extranjero o acabas de volver y estás interesado en saber puedes aplicar la exención del IRPF, no dudes en contactar con nosotros. Estudiaremos tu caso de forma individualizada.